martes, 9 de febrero de 2010

TALLER DE APRENDIZAJE; PREGUNTAS CLAVES QUE DE MANERA INDIVIDUAL CADA PERIODISTA EN FORMACION, REFLEXIONE Y DESARROLLE PARA PRESENTAR UN INFORME

1: ¿El Derecho, ¿cómo lo define?

El Derecho es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales. En otras palabras, es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad.


2: ¿Cómo considera a la comunicación?

La comunicación es un proceso social fundamental, una necesidad humana básica y el fundamento de toda organización social.

3: ¿Qué es para usted la información?

Se define como un fenómeno que proporciona significado o sentido a las cosas, e indica mediante códigos y conjuntos de datos, los modelos del pensamiento humano. La información por tanto, procesa y genera el conocimiento humano.

4: ¿En qué principios se sustenta el Derecho? Explique brevemente cada uno de ellos.

Se sustenta en dos principios:

Ø La justicia

Ø La prudencia

La justicia es una virtud cardinal, el punto de apoyo donde también la norma encuentra su posibilidad de aplicación. En efecto, la condición suprema para que una regla sea universalmente válida, tanto en el pensamiento como en la realidad, es la justicia.

La prudencia es el otro principio, otra virtud que ayuda a determinar cuál es ese suyo que a cada uno conviene. La prudencia como regina virtutum no acompaña sólo a la justicia en la información, sino a todas las virtudes, morales e intelectuales. La prudencia regula la aplicación de la justicia.

5: ¿Cuál es la relación entre Derecho y Comunicación?

L a relación que existe es que el derecho es una norma que regula la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales, da soluciones justas a los problemas y aplica la justicia a la compleja realidad social y la comunicación es una necesidad humana básica y es el fundamento de toda organización social, lo cual permite que los seres humanos tengan una capacidad intelectual, moral y emocional.

6: ¿Qué vinculación existe entre Comunicación e Información?

La comunicación permite al ser humano comunicarse con las demás personas para intercambiar ideas o resolver problemas y llegar a un acuerdo mutuo y la información es el que procesa y genera el conocimiento humano, es el que constituye un mensaje.

7: ¿Qué son para usted las libertades informativas?

Son un conjunto de derechos o piezas esenciales que sirven para mostrar el pluralismo inherente a una democracia y para conocer y controlar las acciones del poder político que en un sistema democrático responde ante los ciudadanos.

8: ¿Qué libertades comprenden las libertades informativas?

Ø La libertad de expresión: derecho a difundir opiniones

Ø Libertad de prensa: el derecho a fundar y mantener medios

Ø El derecho a la información: derecho a buscar, recibir, conocer y difundir hechos e información.

9: ¿En qué normas nacionales (Ecuador) se sustentan las libertades informativas?

Ø Libertad de expresión: Art. 16, numeral 1, de la Constitución Política del Ecuador, 2008.

Ø Libertad de prensa: Art. 16, numeral 3, de la Constitución Política del Ecuador, 2008.

Ø Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 2004

10: ¿En qué normas internacionales se sustentan las libertades informativas?

Ø Art. 4, de la Declaración Americana de los Derechos Humanos y Deberes del Hombre de 1948 o Carta de la Organización de Estados Americanos, OEA, suscrita el 2 de mayo, en San Francisco, EEUU.

Ø Art. 19, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, proclamado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre, en San Francisco, EEUU.

Ø Art. 19, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, resuelto por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre, en Nueva York, EEUU.

Ø Art. 13, de la Convención Interamericana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica de 1976, firmado el 22 de diciembre.

11: Cite el Art. 13 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos o Pacto de San José como sustento del Derecho a la Información.

Art.13 “Libertad de pensamiento y de Expresión”

Toda persona tiene derecho a la libertad del pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de frontera, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección.

12: Sobre la Libertad de Expresión, ¿qué señala la Constitución Política del Ecuador?

Art.16 Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

  1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos.

  1. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación.

13: Sobre la Libertad de Prensa, ¿qué dispone la Constitución Política?

Art.16 Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

  1. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas.

14: Sobre el Derecho a la Información, ¿qué establece la Constitución Política vigente?

Art.18 Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a:

  1. Buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general, y con responsabilidad ulterior.

  1. Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas. No existirá reserva de información excepto en los casos expresamente establecidos en la ley. En caso de violación a los derechos humanos, ninguna entidad pública negará la información.

15: ¿Qué es el derecho a la información?

El Derecho a la información es un derecho humano fundamental que nos da la libertad de opinar y expresar, de investigar y recibir información y de difundirlas.

16: ¿Cuándo surge y se consolida el Derecho a la Información?

Surge en 1948 con la Declaración Universal de los Derechos humanos en el articulo 19 y se consolida por las normas constitucionales y normas del derecho internacional.

17: ¿Qué libertades comprende el Derecho a la Información?

La libertad de buscar (investigar);

La libertad de recibir;

La libertad de intercambiar;

La libertad de producir; y,

La libertad de difundir informaciones, opiniones e ideas, de manera oral o escrita, en forma impresa, artística o por cualquier otro procedimiento.

18. ¿Qué elementos tiene el Periodismo para la prevalencia de su Derecho a la Información?

Tiene tres elementos:

  • Una libertad jurídica;
  • Un derecho frente al Estado para que no impida ciertas acciones.
  • Una competencia para hacer valer jurídicamente sus violaciones.

19. ¿En qué principio se sustenta la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública?

Se sustenta en el principio de Publicidad de la Información Publica.

20. ¿Cuál es la diferencia entre Derecho de la Información y Derecho a la Información?

El derecho de la información se refiere al estatuto jurídico, al conjunto de leyes y normas escritas que forman y rigen el Derecho a la información, y en cambio el derecho a la información que con nuestros propios conocimientos podemos concluir que la información se relaciona directamente con el derecho, el derecho a buscar, recibir, intercambiar , producir, difundir información, en fin el derecho a la información postula, exige y conforma el deber de informar precisando que sea siempre una realización de la justicia.

21. ¿Qué es el Derecho de Acceso a la Información?

Es una herramienta legal que sirve para alcanzar la transparencia de los actos del estado, es también un medio de fiscalización y participación efectiva de todos los sectores de la sociedad.

22. ¿En qué consiste la Cultura de Transparencia?

Consiste en promover un ejercicio ético y honesto, una cultura de solidaridad, posibilitando el desarrollo de una retroalimentación en la relación Gobierno-Ciudadanía y por el fortalecimiento de la democracia.

23. ¿Qué derechos de libertad reconoce y garantiza la Constitución Política?

La libertad que reconoce y garantiza la constitución política son:

Libertad de expresión, libertad de prensa y libertad a la información.

24. ¿De qué sistema forma parte la comunicación e información?

Forma parte del sistema nacional de inclusión y equidad social.

25. ¿Qué es el sistema nacional de inclusión y equidad social?

Es el conjunto articulado y coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas y servicios que aseguren el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la constitución y el cumplimento de los objetivos del régimen de desarrollo.

26. ¿Por qué y para qué la comunicación social se considera como un sistema en la Constitución Política?

Porque de esta manera tenemos derecho a la planificación participativa que se guiara por los principios de universidad, igualdad, equidad, progresividad, interculturalidad, solidaridad y no discriminación, para que funcione con los criterios de calidad, eficiencia, eficacia, transparencia, responsabilidad y participación.

27. ¿Cómo se conforma el sistema de comunicación social?

El sistema se conformará por las instituciones y actores de carácter público, las políticas y la normativa; y los actores privados, ciudadanos y comunitarios que se integren voluntariamente a él. El Estado formulará la política pública de comunicación, con respeto irrestricto de la libertad de expresión y de los derechos de la comunicación consagrados en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos. La ley definirá su organización, funcionamiento y las formas de participación ciudadana.

28. ¿Debe existir en el Ecuador una Ley Orgánica de Comunicación?

Considero que si, por que de esa manera cada comunicador tendría una ley importante en que regirse, para que regulen aquellas publicidades que atentan contra los derechos humanos.

29. ¿Es lo mismo informar y opinar? Explique su respuesta

No, informar significa dar una noticia de algo, y hacer entender a los demás cualquier suceso y opinar es una respuesta hacia una actitud positiva o negativa de un tema de discusión.

30. ¿Evalúe la competencia docente de su profesor?

La competencia del Lic. Joselias Sánchez es muy eficaz ya que gracias a él nosotros los futuros periodistas nos estamos formando con criterio formado, desde ya le doy las gracias porque usted con sus sabios conocimientos nos transmite toda la información necesaria que nosotros debemos saber y porque no decir ponerla en práctica.

REALIZADO POR: TORRES DUEÑAS GLENDY KAROL